Laura Ramírez/ Ciudad de México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le enmendó la plana al Instituto Federal Electoral (IFE) y revocó la amonestación que le impuso a Andrés Manuel López Obrador, por difundir su plataforma electoral luego de registrarse como candidato ante los consejeros electorales.
Durante su sesión de ayer, los magistrados electorales consideraron que esta participación no se podía calificar como acto anticipado de campaña, porque fue un evento autorizado y controlado por el mismo IFE.
El proyecto de sentencia avalado por la mayoría de los magistrados y elaborado por el magistrado Manuel González Oropeza precisa que el evento realizado en la explanada del IFE no fue abierto al público y fue dirigido solo a militantes de los partidos que postularon a López Obrador.
Asimismo, señala que en los puntos difundidos durante el mitin en la sede de organismo electoral no se llamó al voto y que además fue autorizado previamente por el Instituto.
Durante la discusión del tema quedó en claro que el IFE cuidó que el formato de registro sería el mismo para todos los contendientes y se comprometió a dar facilidades para que pasaran con sus candidatos al auditorio, sala de prensa o el lobby para que atendieran a su militancia y/o a la prensa.
“Esto quiere decir que si el número de invitados sería mil, ninguno de esos espacios podría albergar a ese tamaño de audiencia”, señaló el magistrado ponente.
En contraposición, la magistrada María del Carmen Alanis, que fue la única que votó en contra, argumentó que el IFE le autorizó a López Obrador la explanada de su sede, pero de ninguna manera difundir la plataforma.
“Yo no tengo ningún cuestionamiento de que el Instituto se salga del protocolo al autorizar el patio, pero el IFE nunca le autorizó un acto que no está permitido en la ley, para mí no es un evento cerrado, no es un espacio en el que solo estuvieran los invitados, estaba convocada prensa, para acompañar los actos de registro, estaban funcionarios del instituto, representantes de otros partidos políticos”, sentenció.
El magistrado Flavio Galván señaló por su lado que es inaceptable que el Instituto sancione una actuación que él mismo autorizó, porque no solo permitió la entrada a su explanada sino que también proporcionó las sillas para los mil invitados y los implementos necesarios para la realización del mitin.





